EXW es el Incoterm que menos obligaciones logísticas impone al vendedor. Y uno de los que más puede complicarle acreditar la exención de IVA de una exportación.
La lógica parece cómoda: pongo la mercancía a disposición en mi almacén, el comprador se ocupa del transporte, mi responsabilidad termina ahí.
Pero la exención no depende de dónde entregas. Depende de que puedas acreditar que la mercancía salió efectivamente de la Unión. Y saber que el cliente la recogió no prueba esa salida.
Qué necesitas realmente
Un expediente probatorio sólido: declaración de exportación, confirmación de salida, factura y documentos de transporte.
Bajo EXW el despacho lo hace el comprador. La normativa le obliga a remitirte la documentación aduanera, pero una cosa es la obligación y otra el control. Tú no intervienes en el procedimiento ni decides cómo se declara la operación.
Dónde aparece el problema
Años después. Hacienda pide el expediente y descubres que el DUA no identifica correctamente a tu empresa o tu factura, que la operación no puede vincularse con tu venta, o que nunca llegó la confirmación de salida.
Para entonces, reconstruir esa documentación con un cliente con el que quizá ya no trabajas es complicado y caro.
La alternativa
Con FCA en tus instalaciones despachas tú y recuperas el control documental. No elimina todos los riesgos, pero reduce uno de los más evitables.
Puede costar algo más en la oferta. Cuesta mucho menos que reconstruir una exportación durante una comprobación.